Sobre Nepotismo.
El Diccionario de la Lengua Española, define el nepotismo como la desmedida preferencia que algunos dan a sus parientes
para las concesiones o empleos públicos
Prohibición
del nepotismo está plasmada en tres normas de Bolivia.
Normas. El constitucionalista Saúl Paniagua indicó que la CPE, la Ley
2027 del Funcionario Público y el Código Penal, son claros al señalar que no
puede existir parentesco hasta cuarto grado de consanguinidad en la institución
pública.
El artículos 36 de la CPE
en su inciso 3, establece que es una prohibición para el ejercicio de la
función pública nombrar a personas con las cuales tengan parentesco hasta el
cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. A esto se suma la Ley 2027 en su
artículo 11, inciso 2, que señala prohibido el ejercicio de la función pública
en la misma entidad, cuando exista una vinculación matrimonial o grado de
parentesco hasta segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad conforme
al cómputo establecido por el Código de Familia. Por último, está el Código
Penal, en donde además de establecer las prohibiciones también se señalan las
multas o sanciones a los que infringen las disposiciones. El artículo 150,
señala que el servidor público que por sí o por interpuesta persona o por acto
simulado se interesare y obtuviere para sí o para tercero un beneficio en
cualquier contrato, suministro, subasta u operación en que interviene en razón
de su cargo, será sancionado con privación de libertad de 5 a 10 años.En esta
prohibición también se puede
citar la figura del uso indebido de influencias, que está en el artículo 146 de
esta última norma, en donde se menciona que el servidor público o autoridad que
directamente o por interpuesta persona y aprovechando de las funciones que ejerce
o usando indebidamente de las influencias derivadas de las mismas obtuviere
ventajas o beneficios, para sí o para un tercero, será sancionado con privación
de libertad de 3 a
8 años.
Cumplimiento. El constitucionalista también se
refirió a los casos específicos de los ministros de la Presidencia, René
Martínez, y de Justicia, Héctor Arce, a quienes se los señaló en los últimos
días de tener hermanos trabajando en otras reparticiones del Estado. Sobre
esto, Paniagua indicó que pese a haber asumido estas carteras de Estado, mucho
después de que familiares se encuentren trabajando en esas reparticiones, lo
correcto es la renuncia de los hermanos para evitar sanciones. «La figura de
nepotismo es clara en ese sentido son parentesco cercanos de las autoridades,
entonces se tiene que privilegiar el mayor común de los bolivianos, no se puede
priorizar otros aspectos», manifestó el jurista. Polémica. Sobre la denuncia que presentó
días atrás el diputado opositor Amílcar Barral, sobre que el ministro Martínez
tenga hermanos trabajando en otras reparticiones gubernamentales, la autoridad
ministerial aseguró que sus hermanos ingresaron a trabajar a las instituciones
públicas por mérito propio y mucho antes de que él asuma el cargo. Sin embargo,
el senador oficialista del Movimiento Al Socialismo (MAS),
Efraín Chambi, recomendó a los familiares del ministro Martínez renunciar y
alejarse de los cargos en la función pública por un principio revolucionario y
del proceso de cambio. «Queremos pedir quienes tuvieran algún familiar por un
principio de este proceso revolucionario y de cambio, renunciar y alejarse y
demostrar ese principio que hemos marcado», declaró. Juan Ademar Martínez
Callahuanca trabaja en Insumos-Bolivia, Nelson Eddy Martínez Callahuanca
trabaja en YPFB y José Luis Martínez Callahuanca en la Autoridad de
Fiscalización y Control del Sistema Nacional de Salud. A los tres hermanos de
la autoridad ministerial se suma el cuarto hermano Sandro Martínez Callahuanca
que sería funcionario en el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre.
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